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Principales características del Sistema del Poder Popular Cubano y de su sistema electoral

En Cuba hay Elecciones Municipales el 17 de abril de 2005. Casi 8 millones de votantes decidirán en las urnas quiénes serán los Delegados Municipales del Poder Popular en los 169 municipios del país durante los próximos dos años y medio. 37.167 colegios electorales permitirán a los cubanos elegir entre los 32.634 candidatos postulados en más de 41 mil asambleas celebradas en barrios y comunidades rurales. De ellos el 28,37% son mujeres, el 23% jóvenes y más del 80% tiene enseñanza media superior o universitaria.

Principales características del Sistema del Poder Popular Cubano y de su sistema electoral. Tomado de Jorge Lezcano Pérez por Trabajadores.

Por ser un sistema propio y autóctono, el sistema electoral y parlamentario cubano, tiene características que obviamente lo diferencian de otros, pues como nos enseñara José Martí, hemos injertado en nuestra República el mundo, pero el tronco sigue siendo el de nuestra República.

De todas las características que distinguen al sistema cubano, es importante destacar las siguientes:

1. Inscripción universal, automática y gratuita de todos los ciudadanos. Derecho que se ejerce con máxima facilidad a partir de los 16 años de edad.

2. Postulación de los candidatos por los propios electores. Al existir un solo Partido en el país nuestras normas prohíben que este, que además no es un Partido electoral, participe  en la propuesta de los candidatos, por ello hemos entregado esa facultad, que en otros sistemas poseen los partidos políticos, a los propios electores, que la ejercen en asamblea pública, en cada circunscripción electoral, núcleo base de todo el sistema.

3. Inexistencia de campañas electorales discriminatorias, millonarias, ofensivas, difamatorias y denigrantes. Los candidatos no pueden realizar ninguna actividad a favor de su candidatura, pues esta tarea es exclusiva de las comisiones electorales la que realizan con estricto contenido ético, cívico y patriótico-instructivo, sin preferencia de ningún tipo y en la que se resalta exclusivamente la importancia de ejercer el derecho al voto y los valores éticos y morales que debe poseer quien sea candidato.

4. Total limpieza y transparencia de las elecciones. Las urnas que son custodiadas simbólicamente por niños y jóvenes pioneros, se sellan ante la presencia de la población, y ante esta, y de manera pública, se realiza el conteo de los votos, conociéndose en ese acto, de manera inmediata qué candidato ha resultado electo. En tal evento pueden participar también representantes de la prensa nacional y extranjera, diplomáticos, turistas, en fin todo aquel que lo desee.

5. Obligación de que todos los electos lo sean por mayoría. El candidato solo es electo si obtiene más del 50 % de los votos válidos emitidos, de no alcanzarlo irán a segunda vuelta los dos que más votos obtuvieron.

6. El voto es libre, igual y secreto. Se trata de un derecho constitucional que establece que todos los ciudadanos cubanos tienen derecho a elegir y ser electos. Es un derecho y deber cívico, que se ejerce de manera voluntaria y por no hacerlo nadie puede ser sancionado. Como no hay lista de partidos, se vota directamente por el candidato que se desee, o se anula la boleta, o se echa en blanco, lo que es igual a decir que se puede no votar por alguno o por ningún candidato.

7. Todos los Órganos representativos del Poder del Estado son elegidos y renovables.

8. Todos los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación.

9. Todos los elegidos pueden ser revocados en cualquier momento de su mandato.

10. Los diputados y delegados no son profesionales, por tanto no cobran salario. Cada elegido sigue recibiendo solamente el salario de la actividad laboral que desempeña.

11. Alta participación del pueblo en las elecciones. En todos los procesos electorales que se han celebrado desde el año 1976, han participado más del 95 % de los electores.

12. Es un sistema universal. Los diputados a la Asamblea Nacional se eligen para un mandato de cinco años. En cada elección se renuevan más del 50 % de los diputados.

13. La integración del Parlamento es representativa de los más disímiles componentes de la sociedad cubana, como lo demuestra la composición de la Asamblea Nacional, en la que se incluyen diputados que trabajan directamente en la producción y los servicios, relacionados con la investigación, procedentes de las organizaciones sindicales, los Comités de Defensa de la Revolución, de la Federación de Mujeres Cubanas, la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, estudiantes, pastores religiosos, escritores, artistas y trabajadores de la cultura, de la prensa escrita, radial y televisiva, de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior, funcionarios políticos del Partido y la Unión de Jóvenes Comunistas.

14. Se elige un diputado por cada 20 mil habitantes, o fracción mayor de 10 mil. La actual Legislatura está integrada por 609 diputados, lo que garantiza, de manera proporcional, una alta representación del pueblo en el Parlamento.

15. Todos los territorios municipales están representados en la Asamblea Nacional, y el núcleo base del sistema, la circunscripción electoral, participa muy destacadamente en su composición. Para garantizar el cumplimiento de este importante principio de representatividad la ley dispone que cada municipio elegirá como mínimo dos diputados, independientemente del número de sus habitantes, y a partir de esa cifra, se elegirán proporcionalmente tantos diputados como habitantes existan. A su vez la ley determina que, hasta el 50 % de los diputados tienen que ser miembros de las Asambleas Municipales, o sea, delegados de las circunscripciones electorales, los cuales tienen que vivir en el territorio de la misma. Una circunscripción electoral tiene entre 600 y 3 mil habitantes.

16. La Asamblea Nacional elige, de entre sus diputados, al Consejo de Estado y al presidente del mismo. El Presidente del Consejo de Estado es Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. Ello quiere decir que el  Jefe del gobierno cubano, como práctica, tiene que someterse a dos procesos electorales, primero tiene que ser electo como diputado por la población, mediante el voto libre, directo y secreto, y después por los diputados, también por el voto directo, libre y secreto.

17. La iniciativa legislativa es patrimonio de múltiples agentes de la sociedad, en primer lugar de cada diputado y de las Comisiones Permanentes de la Asamblea Nacional, del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros, el Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República, de las organizaciones de los trabajadores, de las mujeres, campesinos, estudiantes, de la comunidad, otras organizaciones sociales y de los ciudadanos, requiriéndose en este caso que ejerciten la iniciativa legislativa 10 mil ciudadanos como mínimo que tengan la condición de electores.

18. La condición de diputado como expresa la Constitución, no entraña privilegios personales ni beneficios económicos. El diputado cubano responde a la imagen elaborada por nuestro Héroe Nacional José Martí, que lo define como: “Hombre encargado por el pueblo para que estudie su situación, para que examine sus males, para que los remedie en cuanto pueda, para que esté siempre imaginando la manera de remediarlo”... “la silla curul es la misión: no es la recompensa de un talento inútil, no es el premio de una elocuencia incipiente, no es la satisfacción de una soberbia prematura”.

19. Las leyes que aprueba la Asamblea Nacional, que es la  única institución facultada para ello, son de obligatorio e inmediato cumplimiento, las que entran en vigor cuando se publican en la Gaceta Oficial de la República, o en la fecha que la ley señala. Por ello no pueden ser vetadas por el Ejecutivo.

20. Al ser la Asamblea Nacional el Órgano Supremo del Poder del Estado y estarle subordinada a ella las funciones legislativas, ejecutivas y judiciales, el jefe de Estado y de gobierno no puede disolverla.

21La expresión resumida del sistema del Poder Popular es como sigue:

Asamblea Nacional

Asamblea Provincial

Asamblea Municipal

Consejo Popular

Circunscripción electoral

Por supuesto que además de características propias el sistema cubano se sustenta también en concepciones originales y en formas y métodos de funcionamiento que reafirman su carácter autóctono.

Esas razones determinan que el sistema electoral cubano no agota el contenido democrático de la sociedad cubana. Por ello al concepto de representatividad vinculamos el participativo; tal unidad nos posibilita estructurar una democracia mucho más amplia, en la que representación y participación actúan en un proceso indisoluble.

Así en la búsqueda constante por encontrar formas de democracia directa, conectadas con la delegación que hacen los ciudadanos de parte de sus potestades a sus representantes electos, como en cualquier otra sociedad contemporánea, hemos desarrollado una cultura de participación real, especie de simbiosis en la que electores y elegidos actúan juntos en la toma de decisiones. En igual dirección hemos encontrado fórmulas que permiten que el ciudadano proponga a su candidato, lo elija directamente, lo revoque, lo controle y participe con él en la toma de las decisiones más importantes para su vida y la del país.

Otro importante principio de nuestro sistema, que permite una amplia participación de diputados y pueblo, es el que definimos como el método del consenso, el cual aplicamos en toda decisión de un tema clave para la nación y para las personas. Aquí se incluyen las leyes que aprobamos en la Asamblea Nacional, las definiciones de políticas en asuntos estratégicos como: sistema impositivo, inversión extranjera, aumentos de precios, de la tranquilidad ciudadana, de la legalidad, del enfrentamiento a la guerra económica que se lleva a cabo contra nuestro país por los vecinos del norte, y muchas otras, lo cual se realiza mediante la participación directa de los diputados en reuniones, con trabajadores, campesinos, estudiantes y población en general en sus propios centros o lugar de residencia.

El consenso no es una norma jurídica para aprobar leyes, tampoco es norma reglamentaria para tomar decisiones en la Asamblea Nacional, el consenso es un concepto político que forma parte de los principios inherentes al sistema a los efectos de garantizar una real y efectiva participación de diputados, organizaciones de la sociedad civil y pueblo en general en la toma de decisiones de los asuntos más importantes del país.

Este concepto se aplica de forma permanente en la Asamblea Nacional, en la que por supuesto, las leyes se someten al voto mayoritario de los diputados como en cualquier otro Parlamento. Lo específico del método cubano es que una ley no se lleva a discusión del Plenario hasta tanto, mediante consultas reiteradas a los diputados, y teniendo en cuenta las propuestas que han hecho en cada una de esas ocasiones, quede claramente demostrado que existe el consentimiento mayoritario para su discusión y aprobación final.

La aplicación de este concepto adquiere relevancia mayor cuando se trata de la participación de la población, conjuntamente con los diputados, en el análisis y discusión de asuntos estratégicos. En esas ocasiones el Parlamento se traslada a los centros laborales, estudiantiles y campesinos; la democracia directa se hace realidad. Múltiples son los ejemplos que avalan lo expresado, por la brevedad de estas líneas es suficiente el comentar solamente la ocasión en que los diputados participaron junto a la población en el proceso de análisis y discusión sobre el sistema impositivo que debía aprobar la Asamblea Nacional, que duró cuatro meses y al que asistieron tres millones de personas.

En la realidad tal cultura participativa va más allá de la labor parlamentaria, ya que, al pertenecer todo el pueblo, en forma abrumadoramente mayoritaria, a las diferentes organizaciones sociales del país que componen un gigantesco abanico de participación, de lo que en el mundo de hoy se ha dado en llamar sociedad civil, que en el caso cubano va desde la organización de los trabajadores hasta la de los niños, pasando por decenas de miles de otras más, ello nos permite que todo este mosaico de organizaciones e instituciones se entrelacen y complementen entre sí para lograr el ejercicio de tal forma de pluralidad de opiniones y criterios como nunca antes conoció la sociedad cubana.

Dicho de otra manera, nuestro sistema garantiza y hace real el precepto Constitucional que establece que la Asamblea Nacional del Poder Popular es el Órgano Supremo del Poder del Estado. Representa y expresa la voluntad soberana del pueblo, y de esa manera garantiza que se cumpla por todos lo que estipula el Artículo Primero de la Constitución: “Cuba es un estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual, colectivo y la solidaridad humana”.

(Tomado de Elecciones, Parlamento y Democracia en Cuba, por Jorge Lezcano Pérez)                          

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